SEGURIDAD Y TRABAJO EN ALTURAS

Seguridad y Trabajo en Alturas

Es imposible no sorprendernos cuando, caminando por la calle, vemos un trabajador sobre un andamio que, a más de estar mal montado, no ofrece las condiciones de seguridad necesarias para que el trabajador realice sus actividades sin riesgo; de hecho, ya se ha vuelto común ver: andamios con bases mal soportadas y montados de manera improvisada, ausencia del equipo de seguridad necesario para el trabajador, ausencia de líneas de vida, …

Según datos estadísticos del Ministerio de Relaciones Laborales, el trabajo en altura, principalmente en el campo de la construcción, corresponde a la actividad más peligrosa y riesgos, debido a la falta de seguridades que se toma al realizar estos tipos de trabajo.

Riesgos más comunes en la construcción
Fuente: Ministerio de Relaciones (2006)
Causas de Accidentes Laborales
Fuente: Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (2006)

Además, según información proporcionada por el IESS, entre las principales causas de los accidentes de trabajo se encuentran los actos inseguros. Es evidente entonces que la principal causa de los accidentes laborales está relacionada con las acciones que toma el trabajador con respecto a su seguridad durante el desarrollo de sus actividades, sin embargo, no es justo decir que toda la culpa sea del trabajador; existen, de hecho, varias causas implicadas en la ocurrencia de accidentes relacionadas con trabajos en altura, como son: las condiciones climáticas, fallos en la estructura de los andamios, daños en el equipo de protección, entre otros.

Pero… ¿Qué se entiende por Trabajos en Altura?

De modo general, se entiende por Trabajos en Altura, a cualquier actividad o labor que se realice en alturas superiores a 1,8 m, medidos desde el suelo hasta la superficie en la que está situado el trabajador.

Entre los principales riesgos en relación con el Trabajo en Alturas se encuentran:

Hombre cae desde altura

  • Desplome de andamios.
  • Caídas al vacío por plataformas de trabajo inadecuadas o falta del uso del arnés de seguridad.
  • Riesgo al subir, al trabajar y al bajar.
  • Caída desde distinto nivel al realizar trabajos sobre andamios, escalas, plataformas, etc.
  • Caída de materiales, herramientas, despuntes, cascos, etc., sobre personas que transitan bajo el área de trabajo.

La instrucción y formación en materia de seguridad constituyen unos de los eslabones fundamentales en los que basar la estrategia preventiva de accidentes. El propio trabajador debe ser realmente consciente de los riesgos que corre, y por tanto, conocer los métodos mas adecuados para su autoprotección. Pero no basta con eso, es deber del empleador, garantizar la seguridad y salud del Trabajador durante la realización de sus actividades.

Previo al comienzo de la realización de los trabajos en altura, el empresario debe tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • El acceso a la o las zonas de trabajo debe quedar limitado a aquellos trabajadores autorizados, con formación (teórica y práctica) capaces de enfrentarse de manera eficaz y segura a los riesgos derivados de los trabajos en altura, mediante el conocimiento y dominio de técnicas de acceso y posicionamiento.
  • Disponibilidad de los medios: técnicos, materiales y humanos necesarios.
  • Deberán prevalecer las protecciones colectivas; y en caso de que estas no sean posibles o eficaces, se utilizarán los equipos de protección individual.
  • Presencia de Recurso Preventivo; es decir, personal capacitado en temas de seguridad, tales como: rescate, primeros auxilios, evacuación de heridos, …

Los sistemas de protección y prevención para trabajos en altura, son diversos. Su elección depende de las condiciones del trabajo a realizar y del entorno en las que se desarrollan. Existen:

  • Sistemas: de sujeción, de retención, anticaída, de suspensión y de salvamento.
  • Equipos de protección individual debidamente aprobados y certificados de acuerdo a las normas oficiales vigentes.

Previa a la realización de un trabajo en altura, el trabajador debe realizar el siguiente análisis:

  • ¿Cuáles son las condiciones y conductas que deben considerarse?
  • ¿Cómo se llega al área de trabajo?
  • ¿Cuáles son los peligros debajo del área de trabajo?
  • ¿Cuán alta se encuentra el área de trabajo?
  • ¿Existen hoyos o grietas debajo o alrededor del área de trabajo?
  • ¿Hay peligro de resbalar o tropezar alrededor del área de trabajo?
  • ¿Cuán difícil es rescatar a alguien si cae?
  • ¿Existe líneas eléctricas en el área de trabajo?

 

Normas de seguridad a seguir:
Delimitar zona de trabajoAntes de realizar el trabajo:
  • Inspeccione los andamios previo a cada uso, verifique que la estructura no presente daños.
  • Asegúrese de que el equipo esté asegurado firmemente.
  • Deberá evaluar la superficie de trabajo en altura.
  • Despeje su zona de trabajo de obstáculos innecesarios.
  • Delimite y aísle el área de trabajo mediante cintas de seguridad u otros medios de señalización que impidan el tráfico de personas por el suelo, a fin de evitar daños por posibles caídas de objetos, materiales o herramientas.
  • Planee procedimientos de emergencia para evacuar rápidamente un andamio.
  • Los medios de protección de caídas tienen que ser colocados correctamente y mantener en buen estado, y no deben ser manipulados, modificados, ni mucho menos eliminados.
  • Asegúrese de haberse colocado bien su Equipo de Protección Individual.
Durante el trabajo:
  • Mantenga la carga del andamio en un mínimo, nunca lo sobrecargue.
  • Conserve sobre el andamio solo los materiales  y herramientas necesarios, procurando tenerlos lejos del borde.
  • Nunca utilice andamios exteriores en climas severos.
  • Tenga cuidado con la gente que se encuentra debajo, en casos en los que no haya sido posible delimitar el área de trabajo.
  • Utilice cascos cuando trabaje en tierra, cerca de un andamio.
  • Muévase con precaución y de manera consciente mientras trabaje en alturas, siga los procedimientos establecidos para su tipo de trabajo y el equipo de protección contra caídas usado.
  • Las superficies de trabajo en altura deben estar protegidas del vacío en todo su perímetro libre, por una barandilla que impida la caída de personas y materiales.
Después del Trabajo:
  • Retire los materiales del andamio al final de cada día.epi
  • Delimite las zonas de trabajo en los casos que el equipo de trabajo mantenido en el área implique riesgos.
  • Revise su equipo de trabajo en alturas y equipo de protección individual de acuerdo a las indicaciones recibidas. Notifique a su superior en caso de haber habido algún problema con el equipo.
 

leyes¿Qué dice la Ley?

De acuerdo a la Resolución C.D. 513 Reglamento del Seguro General de Riesgos del Trabajo, Art 62.

  1. Antes de ejecutar trabajos sobre cubiertas y tejados, será obligatorio verificar que todos sus elementos tengan la resistencia suficiente para soportar el peso de los trabajadores y materiales que sobre ellos se hayan de colocar. Así mismo deberá verificarse la resistencia de los puntos que se utilicen para sujeción de los dispositivos de seguridad o medios de trabajo.
  2. El riesgo de caída de altura de personas por los contornos perimetrales, debe prevenirse por medio de: andamios de seguridad,redes de protección o barandillas reglamentarias.
  3. trabajador con arnésCuando deban realizarse trabajos sobre cubiertas y tejados de resistencia deficiente, dudosa o de naturaleza frágil, se utilizarán los dispositivos necesarios para que el trabajo se realice sin que los trabajadores se apoyen directamente sobre las cubiertas; para ello se utilizarán plataformas, pasarelas o tableros, que se colocarán de forma que se apoyen sobre dos o más elementos resistentes y sin posibilidad de volteo o deslizamiento. En caso de imposibilidad de utilizar los medios anteriores deberá instalarse un sistema de recogida (red o similar) bajo la cubierta.
  4. Uso de medios de sujeción.- Todo trabajo realizado a partir de 1,8 m del nivel del suelo, requerirá del uso de un arnés de seguridad.
  5. Condiciones climatológicas.- Se prohíbe realizar trabajos en cualquier lugar, a la intemperie, con riesgo de caída de altura, cuando se presente condiciones de lluvias intensas, vientos o cualquier otro, que amenace la estabilidad de las instalaciones o de las personas.
  6. Ganchos de amarre.- En todo lugar donde deban realizarse trabajos de mantenimiento con riesgo de caída de altura, se colocarán ganchos metálicos debidamente anclados y aptos para soportar una carga unitaria de 750 kilogramos.
  1.  
CAPITULO V; MEDIOS AUXILIARES:

D.E 2393, Art 10: Pasos y pasarelas.-Las pasarelas tendrán un ancho mínimo de 60 cm y su piso estará unido y sin resaltes; las situadas a más de 1.8 metros de altura dispondrán además de barandillas y rodapiés reglamentarios.

D.E 2393. Art 103: Andamios.-Condiciones Generales:
  1. Todo el contorno de los andamios que ofrezca peligro de caídas, de alturas superiores a 1.8 metros, será protegido por barandas y rodapiés reglamentarios.
  2. Todo diseño, construcción de andamios, y verificación periódica, lo debe hacer personal autorizado.
  3. Los andamios serán inspeccionados diariamente.
  4. En los andamios se utilizarán las adecuadas técnicas de construcción que aseguren su resistencia, indeformabilidad y estabilidad, y en su caso se aplicarán las siguientes normas:
    1. Los elementos de sujeción en los ensambles serán de características tales, que permitan mantener en todo momento la rigidez de la unión.
    2. Los tablones que forman el piso de andamio se dispondrán y sujetarán sólidamente de modo que se impida el volteo, deslizamiento o cualquier otro movimiento peligroso.
    3. El piso del andamio, en posición de trabajo, será sensiblemente horizontal.
    4. El ancho será el necesario para la fácil circulación de los trabajadores y el adecuado almacenamiento de herramientas y materiales imprescindibles para el trabajo a realizar, siendo su valor mínimo el de 60 cm.
    5. La comunicación entre plataformas de trabajo a diferentes alturas, se hará por medio de gradas o escaleras fijadas sólidamente.
    6. Siempre que los andamios, ofrezcan peligro de oscilación y volteo, se fijarán a elementos rígidos de la estructura.
    7. Los soportes perpendiculares tienen que estar provistos de bases adecuadas, especialmente cuando descansen sobre tierra, arena o materiales sueltos, y tendrán que arriostrarse transversalmente para mayor estabilidad;
    8. Las plataformas de los andamios deben estar firmemente aseguradas por medios apropiados.
Decreto Ejecutivo 2393. Art. 28.- ESCALERAS DE MANO. Numeral 4, literal j: En la utilización de escaleras de mano a alturas superiores a los 3 m se exigirá el uso del cinturón de seguridad.
Decreto Ejecutivo 2393. Art. 29.- PLATAFORMA DE TRABAJO.
  1. Ya sean fijas o móviles, estas estarán construidas de materiales sólidos y su estructura y resistencia serán proporcionales a las cargas fijas o móviles que hayan de soportar. En ningún caso su ancho será menor de 800 milímetros.
  2. Los pisos de las plataformas de trabajo y los pasillos de comunicación entre las mismas, estarán sólidamente unidos, se mantendrán libres de obstáculos y serán de material antideslizante; además, estarán provistos de un sistema para evacuación de líquidos.
  3. Las plataformas situadas a más de tres metros de altura, estarán protegidas en todo su contorno por barandillas y rodapiés.
  4. Durante los trabajos sobre plataformas móviles, se aplicarán dispositivos de seguridad que eviten su desplazamiento o caída.
  5. Cuando las plataformas descansen sobre caballetes se cumplirán las siguientes normas:
    1. Su altura nunca será superior a 3 metros.
    2. Los caballetes no estarán separados entre sí más de dos metros.
    3. Los puntos de apoyo de los caballetes serán sólidos, estables y bien nivelados.
    4. Se prohíbe el uso de caballetes superpuestos.
    5. No esta permitido el uso de: escaleras, sacos, bidones, etc., como apoyo del piso de las plataformas.

“Los accidentes no ocurren por accidente”

Martín Mantilla


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